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Obligación de las empresas de medir el gas Radón

  • 28 Junio 2024
  • Asociación Polígono de O CEAO - AS GÁNDARAS
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Obligación de las empresas de medir el gas Radón

Este requisito es obligatorio desde el 22 de junio de 2024

La exposición a radón en el lugar de trabajo está regulada en el Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes. Este Real Decreto establecía la obligación de hacer mediciones de gas radón en lugares de trabajo subterráneos y en lugares donde se procese, manipule o aproveche agua de origen subterráneo.

Pues bien, a partir del 22 de junio, este Real Decreto establece la obligación de realizar mediciones de gas radón en todos los lugares de trabajo situados en planta bajo rasante (sótanos) o planta baja de los términos municipales de actuación prioritaria.

Se tendrá que determinar el promedio anual de la concentración del radón en los puestos de trabajo y si se supera el nivel de referencia establecido de 300 Bq/m3, se debe planificar y adoptar las medidas necesarias para reducir su exposición, según el principio de optimización.

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) aún tiene que publicar la Instrucción que verificará el cumplimiento del Reglamento. En esta instrucción, se determinará la manera de proceder y el mapa definitivo (aunque no se esperan cambios significativos con respecto al mapa actual). Además, el CSN desaconseja medir en el periodo estival.

Para cumplir con este requisito, la Asociación de Empresarios Ceao-Gándaras, cuenta con la colaboración de la empresa RADONGAL, especialista en la medición y gestión del gas radón. Gracias a esta colaboración, las empresas asociadas tendrán un 15% de descuento si acuden a sus servicios para realizar las mediciones de gas radón de sus instalaciones.

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Asociación Polígono de O CEAO - AS GÁNDARAS